Hoy 20 de diciembre se ha publicado en el BOE una mejora en el permiso de lactancia.
A partir de mañana día 21 las personas trabajadoras podrán solicitarla acumulada sin necesidad de que lo establezca el convenio colectivo o de que haya llegado a un acuerdo con la empresa.
¿Qué opciones había hasta ahora? (20/12/2023)
• 1 hora de ausencia del trabajo que se podrá́ dividir en dos fracciones (dos medias horas).
• Reducción de jornada en media hora a la entrada o a la salida.
• Acumulación en jornadas completas (cuando lo establezca el convenio colectivo o acuerdo con la empresa).
A partir del 21 de diciembre de 2023:
Ya no será necesario que lo establezca el convenio o se llegue a un acuerdo con la empresa para poder solicitar la lactancia acumulada.
El artículo 37.4 del Estatuto de los trabajadores queda modificado así :
«En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción
o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras
tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos
fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La
duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de
nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción
de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas
completas.»
¡Recuerda! La lactancia es un permiso que pueden solicitar tanto hombres como mujeres.